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Procedimiento Nivel: Intermedio

Verificacion de creditos - procedimiento y plazos en Liquidacion

Empresa SinFuturo SA fue declarada en liquidacion el 01-04-2026. Proveedor con factura impaga debe verificar su credito.

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Norma principal: Articulos 170 a 199 Ley 20.720

Planteamiento

Empresa SinFuturo SA fue declarada en liquidacion el 01-04-2026. Proveedor con factura impaga debe verificar su credito.

Datos del caso

Desarrollo paso a paso

  1. Paso 1: identificar el plazo de VERIFICACION.
  2. La sentencia de liquidacion (Art. 169) establece el plazo para verificar creditos.
  3. Plazo TIPICO: 30 dias habiles desde la publicacion de la sentencia en el Boletin Concursal.
  4. Verificaciones presentadas DESPUES del plazo: se incluyen como VALISTAS sin privilegio, aunque hubieran tenido privilegio originalmente.
  5. Paso 2: contenido de la SOLICITUD DE VERIFICACION (Art. 171).
  6. Presentar ante el LIQUIDADOR (no ante tribunal).
  7. Contenido:
  8. (a) Datos del acreedor (RUT, domicilio, representante legal si es PJ).
  9. (b) Monto del credito en moneda chilena (CLP).
  10. (c) Calificacion del credito: privilegiado / valista, indicando cual privilegio.
  11. (d) Fundamento del credito: contrato, factura, sentencia, etc.
  12. (e) Documentacion soporte ORIGINAL o copia autenticada.
  13. (f) Indicar si tiene garantias.
  14. Paso 3: documentacion para el caso del Proveedor de Insumos SpA.
  15. (a) Factura electronica Folio 4587 (PDF).
  16. (b) Guia de despacho aceptada.
  17. (c) Orden de compra del deudor.
  18. (d) Comprobante de envio al SII (DTE).
  19. (e) Declaracion jurada de no haber recibido pago.
  20. Paso 4: el LIQUIDADOR examina la solicitud.
  21. Plazo: 30 dias desde recepcion.
  22. Puede:
  23. (a) ACEPTAR el credito y la calificacion.
  24. (b) ACEPTAR con menor monto.
  25. (c) RECHAZAR total o parcialmente.
  26. (d) CALIFICAR de forma distinta (ejemplo: rechazar privilegio alegado).
  27. Paso 5: NOMINA DE ACREEDORES.
  28. Liquidador publica la NOMINA en el Boletin Concursal.
  29. Acreedores tienen 5 dias habiles para IMPUGNAR las verificaciones (propias o de terceros).
  30. Si no impugna, la calificacion queda en firme.
  31. Paso 6: IMPUGNACION (Art. 195).
  32. Se presenta ante el TRIBUNAL (no el liquidador).
  33. Causales: error en monto, calificacion, privilegio.
  34. Procedimiento sumarisimo - resolucion del tribunal en breve.
  35. Si se impugna privilegio del Proveedor: tribunal decide.
  36. Paso 7: REVERIFICACION (Art. 196).
  37. Acreedor que no verifico en plazo o cuyo credito fue rechazado puede solicitar REVERIFICACION dentro de UN ANO desde la sentencia.
  38. Pero queda como VALISTA (perdio el privilegio).
  39. Paso 8: PAGO.
  40. Una vez en firme la nomina, el Liquidador distribuye los productos de la realizacion segun orden de prelacion.
  41. Proveedor VALISTA cobra DESPUES de todos los privilegiados.
  42. En la practica chilena, valistas suelen cobrar entre 10% y 40% del credito reconocido (depende de la calidad de los activos).
  43. Paso 9: EFECTOS DEL PAGO PARCIAL.
  44. Si recibe $3M sobre credito de $8.5M, el saldo ($5.5M) se considera CANCELADO por el procedimiento concursal.
  45. No se puede cobrar despues - la liquidacion EXTINGUE los saldos no cubiertos.
Respuesta corta: Presentar verificacion al Liquidador en 30 dias con documentacion completa (factura, guia, DTE, jurada de no pago). Liquidador califica en 30 dias. Publicacion + 5 dias para impugnar. Acreedor valista cobra al final, tipicamente 10-40% del credito.
Comentario Mp Asociados: Verificar a tiempo es CRITICO. Sin verificacion en plazo, el credito se pierde como privilegio o totalmente. La calidad de la documentacion soporte determina si el liquidador acepta el credito sin observaciones. Mp asesora a acreedores en verificaciones complejas.

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Material didactico. Este ejercicio es referencia educativa. NO sustituye la asesoria profesional individualizada para tu caso especifico. Normas y parametros pueden cambiar - verificar siempre versiones vigentes. Para aplicacion en tu empresa, contactanos.

Circular / Norma referencia

Articulos 170-199 Ley 20.720. Reglamento DS 16/2014.