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Norma principal: Articulo 107 LIR (acciones con presencia bursatil), Articulo 17 N°8 LIR (resto de casos)
Planteamiento
Sr. Juan Perez, persona natural no relacionada, vende paquete de 500.000 acciones de Tecnologia SpA (sin presencia bursatil) a fondo de inversion extranjero. Adquiridas 2018, vendidas 2026.
Datos del caso
- Costo de adquisicion 2018: $250.000.000 (CLP)
- Precio de venta 2026: $890.000.000 (CLP)
- Reajuste IPC 2018 a 2026: factor 1.4520 (acumulado IPC chileno aprox 45.2%)
- Sin presencia bursatil (acciones no transadas en bolsa)
- Vendedor: persona natural, NO habitual en venta de acciones, NO relacionado con la sociedad
- Tasa marginal IGC del vendedor: 30%
Desarrollo paso a paso
- Paso 1: identificar regimen aplicable. Acciones SIN presencia bursatil + persona natural NO habitual + NO relacionada → aplica Art. 17 N°8 LIR.
- Paso 2: calcular costo reajustado. Costo $250M × factor 1.4520 = $363M.
- Paso 3: determinar mayor valor. Precio venta $890M - Costo reajustado $363M = $527M.
- Paso 4: bajo el Art. 17 N°8 LIR, el mayor valor en venta de acciones SpA por persona natural SE CONSIDERA INGRESO NO RENTA hasta 10 UTA. Excedente afecta IGC.
- 10 UTA AT 2026 = 10 × UTA. UTA dic 2025 (para AT 2026) = UTM × 12 = 69.889 × 12 = $838.668. Por 10 = $8.386.680.
- Mayor valor no renta = $8.386.680.
- Mayor valor TRIBUTABLE = $527M - $8.39M = $518.61M.
- Paso 5: el mayor valor tributable se afecta con IGC sobre BASE DEVENGADA. Si el vendedor lo solicita, puede aplicar el mecanismo de RECONOCIMIENTO en proporcion a anos de tenencia (Art. 17 N°8 letra a) inciso 2°).
- Reconocimiento proporcional: 518.61 / (anos tenencia desde adquisicion) = 518.61 / 8 anos = $64.83M por ano. Esto se computa para tasa marginal pero la TRIBUTACION ES EN UN SOLO ACTO.
- Paso 6: IGC. Renta bruta = 518.61M. Tasa marginal 30% (aprox, requiere reliquidacion completa con escala IGC vigente). IGC = $518.61M × 30% (aprox) = $155.58M.
- Paso 7: presentar F22 al AT 2027 (operacion 2026). Reportar en linea 712 'Otras rentas afectas a IGC'.
Respuesta corta: Mayor valor tributable $518.61M con IGC aproximado $155.58M. Aprovechar el mecanismo de reconocimiento proporcional reduce el impacto efectivo. Considerar planificacion: si fueran acciones con presencia bursatil, aplicaria Art. 107 LIR con IGC pero base mas reducida.
Comentario Mp Asociados: Antes de cualquier venta de acciones, evaluar 4 cuestiones: (a) presencia bursatil → Art. 107 vs Art. 17 N°8, (b) habitualidad → reclasifica a IDPC ordinario, (c) relacionados → operaciones reglas especiales, (d) reorganizacion previa → planificacion para diferir tributacion. Una venta sin planificacion previa pierde mucho dinero.
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Material didactico. Este ejercicio es referencia educativa. NO sustituye la asesoria profesional individualizada para tu caso especifico. Normas y parametros pueden cambiar - verificar siempre versiones vigentes. Para aplicacion en tu empresa, contactanos.
Circular / Norma referencia
Circular SII N°68 de 2010 (Art. 17 N°8). Circular SII N°37 de 2018 (presencia bursatil).